Institución

El Ayuntamiento tiene como uno de sus objetivos estratégicos lograr un nivel de gestión municipal eficaz, productivo y cercano a la ciudadanía, con criterios organizativos innovadores y con un enfoque integral y transparente en la gestión.

Estructura

El Pleno

El Pleno es el órgano que encara la voluntad municipal y está integrado por todas las Concejalías. Le corresponde, según el artículo 22 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local , tanto potestad normativa, como potestad de control sobre el resto de órganos municipales, potestades organizativas, potestad de índole financiera y facultades en materia procesal.

El Pleno puede delegar el ejercicio de sus atribuciones en el Alcalde o Alcaldesa y la Junta de Gobierno Local, aun así han atribuciones que no son posibles como por ejemplo el control y la fiscalización a los órganos de gobierno o la aprobación inicial del planeamiento general.

Las sesiones ordinarias del Pleno se celebran con carácter bimestral.

ALCALDE O ALCALDESA

La alcaldía ostenta el cargo de Presidencia de la Corporación, elegida por y entre los y las regidoras en la sesión constitutiva del Ayuntamiento.

Las competencias de la alcaldía están delimitadas en el artículo 21 de la Ley de Bases del Régimen Local. Entre otros: representar el ayuntamiento, nombrar los y las Tenientes Alcaldes, dirigir el gobierno y la administración municipal, dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y las obras municipales, convocar y presidido las sesiones del Pleno, Junta de Gobierno y otros órganos colegiados de ámbito municipal, contratar dentro de su competencia, otorgar licencias, ordenar la publicación, ejecución y hacer cumplir dentro de su competencia, otorgar licencias, ordenar la publicación, ejecución y hacer cumplir los acuerdos del Ayuntamiento, desarrollar la gestión económica de acuerdo con el presupuesto en vigor, ejercer la potestad sancionadora, ejercer acciones judiciales y administrativas en defensa del Ayuntamiento también en materias de su competencia y dictar órdenes, circulares o instrucciones.

Delegaciones de las diferentes concejalías y alcaldía:

Alcaldía: Vicente Tomás Estalrich.

Personal a cargo

Teniente Alcalde y concejalía de Cultura, Deportes y Juventud: Moisés Romà Fons

Personal a cargo: 

Concejalía de Urbanismo, Infraestructuras, Medio Ambiente, Agricultura y Servicios: Jose Antonio Estalrich Carreres.

Personal a cargo: 

Concejalía: Carlos Ortolà Pérez.

Personal a cargo: 

Concejal: Angela Massanet Moragues

Personal a cargo: 

 

COMITÉ DE DIRECCIÓN

El Comité de Dirección es un órgano colegiado de asistencia a la Alcaldía e integrado por los regidores miembros del equipo de gobierno. Se reunirá a requerimiento de la Alcaldía sin necesidad de convocatoria. Tiene como funciones:

– La definición de la naturaleza y grado de los objetivos a conseguir.

– Planificación de la política estratégica del Ayuntamiento para la consecución de los objetivos.

– Elaboración del plan de actuación municipal.

– Dirigir la organización de la entidad.

– Controlar el grado de consecución de los objetivos.

– La existencia de este órgano complementario será potestativa según el modelo de gobierno diseñado por la Alcaldía-Presidencia. Se creará y sus miembros serán nombrados al inicio del mandato corporativo mediante decreto organizativo del alcalde-presidente.

 

ENTIDADES Y ÓRGANOS EXTERNOS

Los miembros de la corporación, propuestas por la alcaldía, que representarán a los órganos colegiados siguientes son:

– Mancomunitat de Serveis Socials de la Marina Alta:

– Mancomunitat Cultural de la Marina Alta:

– Consorcio Provincial de Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de Alicante (asamblea general):

– Consejo escolar:

– Grupo de Acción Local Montaña de Alicante:

– Proyectos experimentales del CREAMA:

Resultados Elecciones Municipales 2019

26/05/2019

FEPAL - 224 votos

5 concejales

PSOE - 80 votos

1 concejal

PP - 41 votos

1 concejal

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