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El Ayuntamiento tiene como uno de sus objetivos estratégicos lograr un nivel de gestión municipal eficaz, productivo y cercano a la ciudadanía, con criterios organizativos innovadores y con un enfoque integral y transparente en la gestión.
Estructura
El Pleno
El Pleno es el órgano que encara la voluntad municipal y está integrado por todas las Concejalías. Le corresponde, según el artículo 22 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local , tanto potestad normativa, como potestad de control sobre el resto de órganos municipales, potestades organizativas, potestad de índole financiera y facultades en materia procesal.
El Pleno puede delegar el ejercicio de sus atribuciones en el Alcalde o Alcaldesa y la Junta de Gobierno Local, aun así han atribuciones que no son posibles como por ejemplo el control y la fiscalización a los órganos de gobierno o la aprobación inicial del planeamiento general.
Las sesiones ordinarias del Pleno se celebran con carácter bimestral.
ALCALDE O ALCALDESA
La alcaldía ostenta el cargo de Presidencia de la Corporación, elegida por y entre los y las regidoras en la sesión constitutiva del Ayuntamiento.
Las competencias de la alcaldía están delimitadas en el artículo 21 de la Ley de Bases del Régimen Local. Entre otros: representar el ayuntamiento, nombrar los y las Tenientes Alcaldes, dirigir el gobierno y la administración municipal, dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y las obras municipales, convocar y presidido las sesiones del Pleno, Junta de Gobierno y otros órganos colegiados de ámbito municipal, contratar dentro de su competencia, otorgar licencias, ordenar la publicación, ejecución y hacer cumplir dentro de su competencia, otorgar licencias, ordenar la publicación, ejecución y hacer cumplir los acuerdos del Ayuntamiento, desarrollar la gestión económica de acuerdo con el presupuesto en vigor, ejercer la potestad sancionadora, ejercer acciones judiciales y administrativas en defensa del Ayuntamiento también en materias de su competencia y dictar órdenes, circulares o instrucciones.
Delegaciones de las diferentes concejalías y alcaldía:
Alcaldía: Vicente Tomás Estalrich.
Personal a cargo:
Teniente Alcalde y concejalía de Cultura, Deportes y Juventud: Moisés Romà Fons
Personal a cargo:
Concejalía de Urbanismo, Infraestructuras, Medio Ambiente, Agricultura y Servicios: Jose Antonio Estalrich Carreres.
Personal a cargo:
Concejalía: Carlos Ortolà Pérez.
Personal a cargo:
Concejal: Angela Massanet Moragues
Personal a cargo:
COMITÉ DE DIRECCIÓN
El Comité de Dirección es un órgano colegiado de asistencia a la Alcaldía e integrado por los regidores miembros del equipo de gobierno. Se reunirá a requerimiento de la Alcaldía sin necesidad de convocatoria. Tiene como funciones:
– La definición de la naturaleza y grado de los objetivos a conseguir.
– Planificación de la política estratégica del Ayuntamiento para la consecución de los objetivos.
– Elaboración del plan de actuación municipal.
– Dirigir la organización de la entidad.
– Controlar el grado de consecución de los objetivos.
– La existencia de este órgano complementario será potestativa según el modelo de gobierno diseñado por la Alcaldía-Presidencia. Se creará y sus miembros serán nombrados al inicio del mandato corporativo mediante decreto organizativo del alcalde-presidente.
ENTIDADES Y ÓRGANOS EXTERNOS
Los miembros de la corporación, propuestas por la alcaldía, que representarán a los órganos colegiados siguientes son:
– Mancomunitat de Serveis Socials de la Marina Alta:
– Mancomunitat Cultural de la Marina Alta:
– Consorcio Provincial de Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de Alicante (asamblea general):
– Consejo escolar:
– Grupo de Acción Local Montaña de Alicante:
– Proyectos experimentales del CREAMA:
Resultados Elecciones Municipales 2019
26/05/2019
FEPAL - 224 votos
5 concejales
PSOE - 80 votos
1 concejal
PP - 41 votos
1 concejal